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Comité de convivencia laboral

¿Qué es el comité de convivencia laboral?

Es un comité formado al interior de las empresas con el fin de crear estrategias y mecanismos alternativos enfocados hacia la prevención y solución de las posibles conductas de acoso laboral.

¿Cómo está conformado un comité de convivencia laboral?

De acuerdo a la resolución 652 y 1356 de 2012 establece que para la conformación del comité de convivencia laboral deben haber representantes del empleador y trabajador por igual número en ambas partes, para ello la resolución ha dispuesto lo siguiente de acuerdo al número de funcionarios de la empresa:

  • 2 representantes del empleador con sus respectivos suplentes.
  • 2 representantes del trabajador con sus respectivos suplentes.

Los representantes del empleador serán elegidos directamente por este, para nuestro caso el señor Rector el Dr. Jorge Orlando Gaitán Arciniegas elegirá a sus representantes mediante un comunicado oficial a toda la comunidad Uniagrarista.

Por parte de los trabajadores a través del área de Seguridad y Salud en el Trabajo de Uniagraria se hará la publicación para toda la comunidad Uniagrarista para participar como miembro del Comité de convivencia laboral, donde se fijaran una fechas para las postulaciones y se establecerá otra para realizar las votaciones secretas por parte de los trabajadores para elección de sus representantes, en cumplimiento a los dispuesto en la resolución 652 y 1356 de 2012.

¿Cómo es la estructura del comité de convivencia laboral?

El comité de convivencia laboral estará conformado por igual número de representantes por parte del empleador y trabajadores, se nombrara un presidente quien será elegido entre los representantes del comité en pleno por votacion y tendrá las siguientes funciones:

  • Convocar a los miembros del Comité a las sesiones ordinarias y extraordinarias.
  • Presidir y orientar las reuniones ordinarias y extraordinarias en forma dinámica y eficaz.
  • Tramitar ante la administración de la entidad pública o empresa privada, las recomendaciones aprobadas en el Comité.
  • Gestionar ante la alta dirección de la entidad pública o empresa privada, los recursos requeridos para el funcionamiento del Comité.

Se elegirá un secretario(a) entre los miembros participantes al comité por votación realizada entre estos y tendrán las siguientes funciones:

  • Recibir y dar trámite a las quejas presentadas por escrito en las que se describan las situaciones que puedan constituir acoso laboral, así como las pruebas que las soportan.
  • Enviar por medio físico o electrónico a los miembros del Comité la convocatoria realizada por el presidente a las sesiones ordinarias y extraordinarias, indicando el día, la hora y el lugar de la reunión.
  • Citar individualmente a cada una de las partes involucradas en las quejas, con el fin de escuchar los hechos que dieron lugar a la misma.
  • Citar conjuntamente a los trabajadores involucrados en las quejas con el fin de establecer compromisos de convivencia.
  • Llevar el archivo de las quejas presentadas, la documentación soporte y velar por la reserva, custodia y confidencialidad de la información.
  • Elaborar el orden del día y las actas de cada una de las sesiones del Comité.
  • Enviar las comunicaciones con las recomendaciones dadas por el Comité a las diferentes dependencias de la entidad pública o empresa privada.
  • Citar a reuniones y solicitar los soportes requeridos para hacer seguimiento al cumplimiento de los compromisos adquiridos por cada una de las partes involucradas.
  • Elaborar informes trimestrales sobre la gestión del Comité que incluya estadísticas de las quejas, seguimiento de los casos y recomendaciones, los cuales serán presentados a la alta dirección de la entidad pública o empresa privada.

El comité tendrá una vigencia de dos año como lo establece la resolución 652 y 1356 de 2012.

¿Qué funciones cumple el comité de convivencia laboral dentro de las empresas?

  • Recibir y dar trámite a las quejas presentadas en las que se describan situaciones que puedan constituir acoso laboral, así como las pruebas que las soportan.
  • Examinar de manera confidencial los casos específicos o puntuales en los que se formule queja o reclamo, que pudieran tipificar conductas o circunstancias de acoso laboral, al interior de la entidad pública o empresa privada.
  • Escuchar a las partes involucradas de manera individual sobre los hechos que dieron lugar a la queja.
  • delantar reuniones con el fin de crear un espacio de diálogo entre las partes involucradas, promoviendo compromisos mutuos para llegar a una solución efectiva de las controversias.
  • Formular un plan de mejora concertado entre las partes, para construir, renovar y promover la convivencia laboral, garantizando en todos los casos el principio de la confidencialidad.
  • Hacer seguimiento a los compromisos adquiridos por las partes involucradas en la queja, verificando su cumplimiento de acuerdo con lo pactado.
  • En aquellos casos en que no se llegue a un acuerdo entre las partes, no se cumplan las recomendaciones formuladas o la conducta persista, el Comité de Convivencia Laboral, deberá remitir la queja a la Procuraduría General de la Nación, tratándose del sector público. En el sector privado, el Comité informará a la alta dirección de la empresa, cerrará el caso y el trabajador puede presentar la queja ante el inspector de trabajo o demandar ante el juez competente.
  • Presentar a la alta dirección de la entidad pública o la empresa privada las recomendaciones para el desarrollo efectivo de las medidas preventivas y correctivas del acoso laboral, así como el informe anual de resultados de la gestión del comité de convivencia laboral y los informes requeridos por los organismos de control.
  • Hacer seguimiento al cumplimiento de las recomendaciones dadas por el Comité de Convivencia a las dependencias de gestión del recurso humano y salud ocupacional de las empresas e instituciones públicas y privadas.
  • Elaborar informes trimestrales sobre la gestión del Comité que incluya estadísticas de las quejas, seguimiento de los casos y recomendaciones, los cuales serán presentados a la alta dirección de la entidad pública o empresa privada.

¿Quiénes son los representantes en el comité de convivencia laboral vigencia año 2023?

Los representantes al Comité de convivencia laboral de Uniagraria son, por parte del empleador:

Nombre y apellidos Cargo Representante
Sandra Ximena Real Labrador  Docente Coordinador de Departamento Idiomas Principal (1)
José Juliam Alvarado Álzate Coordinador de procesos Académicos  Principal (2)
Claudia Marcela Liz Ruiz Directora Oficina de Soporte y Telecomunicaciones  Suplente (1)
Juan Ramón Jiménez Gamba Coordinador de Biblioteca   Suplente (2)

Por parte de los trabajadores:

Nombre y apellidos Cargo Representante
Jorge Sted Trujillo García Coordinador de Permanencia Principal (1)
Karem Tatiana Forero Rubiano Docente Coordinador de Dpto. de Ingeniería Civil Principal (2)
Yudy Carolina Zúñiga Fonseca Docente de Derecho Suplente (1)
Nora Milena Roncancio Parra Directora de Investigación Formativa  Suplente (2)